Te despidieron y te piden firmar el finiquito. Esa firma puede privarte de indemnizaciones, recargos y cotizaciones que la ley te reconoce, y el plazo para reclamar ya empezó a correr: 60 días hábiles. Antes de que firmes, revisamos tu carta, la causal y cada monto del finiquito, y defendemos todo lo que te corresponde por ley.
La empresa tiene abogados y el tiempo corre a su favor. Tú nos tienes a nosotros: revisamos tu caso, calculamos lo que te corresponde y lo reclamamos por ti.
Años de esfuerzo no pueden terminar en una carta y un finiquito hechos a la medida del empleador. Si la causal no se sostiene, la ley te reconoce la indemnización por años de servicio con recargos de entre 30% y 100%, además del aviso previo y el feriado pendiente. Nosotros lo revisamos y lo reclamamos.
Sueldos atrasados, cotizaciones que no aparecen, malos tratos o acoso. Seguir aguantando te desgasta; renunciar te deja sin indemnización. Existe un camino que protege tus derechos, y lo recorremos contigo.
Compara lo que te están ofreciendo con lo que la ley contempla. Estimación referencial y gratuita.
El finiquito es el documento que pone término formal al contrato de trabajo. En él se detalla todo lo que el empleador debe pagarte tras la desvinculación: vacaciones no tomadas, indemnizaciones, días trabajados, entre otros conceptos.
La fracción superior a seis meses se cuenta como un año completo. Si trabajaste 4 años y 7 meses, para efectos de la indemnización se consideran 5 años.
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Estimación referencial basada en los Arts. 67, 73, 162, 163 y 168 del Código del Trabajo (fracción superior a 6 meses cuenta como año, tope de 11 años, base con tope de 90 UF, feriado a razón de 1,25 días por mes). No considera cotizaciones impagas, horas extras ni bonos. No constituye asesoría legal.
Causales, plazos de caducidad y la tabla completa de recargos del Art. 168.
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Ver más guías laborales →No estás obligado a firmar en el acto, y firmar sin revisar puede cerrar la puerta a lo que realmente te corresponde. Puedes firmar con reserva de derechos y mantener viva tu acción. Envíanos una foto del documento hoy: revisarlo toma minutos y puede valer millones.
60 días hábiles desde el despido — y se pierden para siempre. El reclamo ante la Inspección del Trabajo suspende el plazo, pero con tope de 90 días hábiles. Cada semana que esperas es una semana menos de margen para preparar bien tu caso.
Con tus liquidaciones hacemos el cálculo real: indemnización + recargo (30% a 100%) + aviso previo + lo adeudado. Si los números no justifican el juicio, te lo diremos y buscaremos el acuerdo rápido. Si lo justifican, sabrás exactamente por cuánto estás peleando.
Puedes evaluar un autodespido: pones término al contrato por incumplimiento grave del empleador y reclamas las indemnizaciones con recargo. Hay que hacerlo bien: si el tribunal lo rechaza, se entiende como renuncia. Revísalo con nosotros antes.
Si en los hechos había horario, órdenes y jefatura, puede declararse relación laboral encubierta — con cotizaciones, indemnizaciones y recargos incluidos. Es más común de lo que crees.